lunes, 14 de marzo de 2016

LA IGUALDAD DE LA MUJER DOMINICANA EN TODOS LOS CAMPOS..

La mujer Dominicana en igualdad de derechos








 Siempre me he custionado, porque atraves de  todo el 

desarrollo de la humanidad la mujer ha sido subestimada y 

relegada a las tareas del hogar?? que no son mas ni menos  

pesadas pero siempre se asigno como unica y exclusivamente 

para la mujer. 


Discriminaciones como: no aprender a leer, no tener derecho 

al voto y ningun tipo de participacion en la politica, son 

barreras que hemos venido superando a traves de los 

tiempos.


para la mujer Dominicana no ha sido la excepcion.

Hemos venido luchando por la igualdad de derechos en todo 

el sentido de la palabra en nuestra sociedad.



He aqui mujeres que su ardor de libertad en cuestion de 

igualdad no se  han limitado y siguen luchando para que las 

voces de las mujeres dominicana que luchamos porque  la 

familia, la sociedad, el pueblo dominicano camines mano a 

mano en igualdad de genero y mas alla de prejuicios 

ignorantes, nuestras voces, sean escuchadas.










La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer se 


reunió por primera vez en Lake Success, Nueva York, en 


febrero de 1947, poco después de la creación de las 



Naciones Unidas. 





En aquel momento, los 15 representantes 



gubernamentales que formaban la Comisión eran mujeres. 



Desde su nacimiento, la Comisión contó con el apoyo de una 



dependencia de las Naciones Unidas que más tarde se 



convertiría en la División para el Adelanto de la Mujer.






Entre 1947 y 1962, la Comisión se centró en establecer 



normas y formular convenciones internacionales que 



cambiaran las leyes discriminatorias y aumentaran la 


sensibilización mundial sobre las cuestiones de la mujer. En 


sus aportaciones a la redacción de la Declaración Universal 


de Derechos Humanos, la Comisión defendió con éxito la 


necesidad de suprimir las referencias a “los hombres” como 


sinónimo de la humanidad, y logró incorporar un lenguaje 


nuevo y más inclusivo.




Dado que la codificación de los derechos jurídicos de las 


mujeres debe apoyarse en datos y análisis, la Comisión 



inició una evaluación de la condición jurídica y social de la 


mujer a escala mundial. Se llevó a cabo amplias 


investigaciones gracias a las cuales se obtuvo un detallado 


panorama país por país de la situación política y jurídica de 


las mujeres, que con el tiempo serviría de base para la 


redacción de los instrumentos de derechos humanos.










-
He aqui las voces de mujeres Valientes


La vicepresidenata de nla Repúbltaica, Maregarita Cedeño, 
deploró la discriminación a que son sometidas las mujeres 
en el ámbito laboral, por percibir  menor remuneración que 
los hombres en iguales puestos de trabajo, por lo que abogó 
por el cumplimiento de los objetivos planteados en la 
Agenda 20-30 que persigue el empoderamiento de las 
féminas para lograr igualdad de género.

Aseguró que el país se encuentra rezagado en cuanto al 
salario que reciben las mujeres con relación a los hombres.

“¿Cómo es posible que solamente por el hecho de ser mujer 
exista una discriminación tan atroz, tan burda como para 
que un hombre pueda ganar más que una mujer, ocupando 
el mismo puesto, realizando las mismas labores y logrando 
las mismas metas?”.


           La fenecida socióloga dominicana Isis Duarte, dijo 
   que las  acciones afirmativas parten de la 
constatación empírica de que, pese a que la mayoría de las 
constituciones modernas consagran el principio de la no 

discriminación, en la práctica existen barreras 

socioculturales y fuertes condicionamientos históricos que 

impiden materializar este principio. La Ley 275-97, pr

omulgada el 21 de diciembre de 1997, determinó por 

primera vez que en República Dominicana los partidos 

otorgaran un porcentaje de sus candidaturas a mujeres. La 

ley definió que un mínimo de 25% de los candidatos a 

cargos electivos de los partidos debía ser de sexo femenino. 

Posteriormente, el 30 de marzo de 2000, esta ley fue 

modificada por la Ley 12-00, que incrementó el porcentaje a 

33.33%, pero especificando que no incluía los cargos 

electivos de senador y síndico (alcalde, a partir de la 

Constitución de 2010). 







Sin embargo, meses después de que la JCE presentara el 


proyecto de Ley de Partidos, introdujo al Congreso el 

proyecto de Reforma a la Ley Electoral. Este sí contempla 

cambios significativos en la cuota femenina, lo que debe 

considerarse como una variación a la propuesta inicial del 

órgano electoral. 


En este caso, el 50% de los candidatos a diputados y 

regidores deberán ser mujeres. Más significativo aún es 


que “todas las propuestas de candidaturas utilizarán el 

mecanismo de alternancia por sexo, es decir, mujer-hombre 

u hombre-mujer, de forma que dos personas del mismo 

sexo no podrán estar en forma consecutiva en la 

propuesta”. La alternancia en las listas garantiza no sólo 

que el 50% de los nominados sea de sexo femenino, sino 

que efectivamente resultarán electas en una misma 

proporción muy similar, siempre y cuando las listas sean 

cerradas y bloqueadas. Esa modalidad se opone al voto 

preferencial (listas cerradas y desbloqueadas) que fue 

eliminado por una resolución de la JCE en octubre de 2010, 

luego de las elecciones. Las listas cerradas y 

desbloqueadas son contempladas en el proyecto de 

Reforma a la Ley Electoral de la JCE. - 



 La directora ejecutiva de Participación Ciudadana, Rosalía 

Sosa, dijo este martes que en República Dominicana hacen 

falta mayores esfuerzos para lograr igualdad entre el 

hombre y la mujer.




De los 17 países de América Latina contemplados en este 

análisis, sólo Chile, Colombia, El Salvador y Guatemala 

(24%) no establecen en sus legislaciones un mínimo de 

candidaturas para ser otorgadas a la mujer. En Colombia, 

una ley de cuota femenina de 30% de las candidaturas de 

los partidos fue declarada inconstitucional en 2001; sin 

embargo, existe y está vigente en ese país una ley de cuota 

femenina de 30% para cargos administrativos del Gobierno. -


De los restantes 12 países, nueve aplican la cuota femenina 

tanto en el ámbito legislativo como municipal. Son 

excepciones Argentina, México y Nicaragua. En Argentina y 

México la previsión se limita al plano legislativo. En 

Nicaragua se modificó la ley apenas en marzo del presente 

año, para instituir la ley de cuota femenina en el ámbito 

municipal. Sobre Nicaragua cabe destacar que, sin contar 

con una ley de cuota en el ámbito legislativo, es el país, de 

los 17 considerados en este estudio, con mayor 

representación legislativa femenina, según datos del Mapa 

de Mujeres en la Política de la ONU, correspondiente a 

enero de 2012. -





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